¿A qué sanciones esta expuesto el "piojo" y el aficionado?
Sábado 3 de Marzo del 2017
Por: Luis el “abuelo” Vázquez.
La liga mx volvió, luego del parón
protagonizado por los silbantes respecto a su inconformidad de las sanciones
que les imputaron a los jugadores Aguilar y Triverio, regreso el día de ayer, con
el partido de Tijuana vs Santos, un partido que terminaría empatando el
conjunto de los xolos al último suspiro.
Al terminar el partido el “piojo”,
protagonizo un intercambio de insultos y groserías con un aficionado, incluso retándolo
a golpes a fuera del estadio.
Luego de tener una charla con el Lic.
en Derecho deportivo, Ricardo Galicia, nos comentó a que sanciones está
expuesto el entrenador del equipo fronterizo.
1. El
Reglamento de Sanciones de la Federación Mexicana de Fútbol en su artículo 32 inciso
G, “Faltar al respeto o insultar… al público asistente”, de 3 a 9 partidos de suspensión.
2. De
conformidad a la Ley General de Cultura Física Y Deporte en su artículo 154 fracción
IV “Cometer delito de violencia en eventos deportivos… cuerpo técnico… el que
incite o genere violencia, se considerará incitador… será sancionado con 1 año
6 meses a 4 años de prisión”.
Es evidente que es una
responsabilidad compartida y es por ello que el aficionado también es acreedor de una sanción, como ya
lo habíamos citado de acuerdo a la LGCFyD
(Ley General de Cultura Física y Deporte), indica (1 año 6 meses a 4 años de prisión) además que
se le tendría que suspender el derecho a
asistir a eventos deportivos masivos por un plazo equivalente a la pena de prisión
que le resulte impuesta y ser inscrito en el padrón de personas sancionadas el
cuál forma parte de la base de datos del Sistema Nacional de Seguridad Publica.
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